Reservar Lote Parq. Ind. Uso común
VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 017/90, 029/95; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué resulta necesario reservar lotes en el Parque Industrial para uso comunitario exclusivo;
Qué ya se encuentran instalados 2 proyectos destinados al propósito comunitario;
Qué es voluntad de éste Honorable Concejo deliberante proteger los proyectos de uso exclusivo para la comunidad;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Reservar la Quinta 3 de la fracción B II sección J III del Parque Industrial de éste ejido municipal, lote 1, 2 y 3 con el propósito de uso comunitario exclusivo, el que no podrá ser adjudicado a ningún emprendimiento Industrial.
Artículo Nº 2: Dé forma. -
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 09 de Marzo del año 2005. -