HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Mensura Ruca Lihué

VISTO:
Boleto de compra venta, Acta de inspección del 09/01/97, Certificado de ocupación del 29/09/97, croquis de mensura, Ordenanza municipal de tierras fiscales N° 034/89; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué en el año 1996 las sras. Isabel Zárate DNI N° 10.094.354 y Inés Rojo DNI N° 10.514.613 adquieren los derechos del sr. Juan Carlos Toledo;

Qué ambas desarrollan en la Localidad el programa de familias sustitutas conocida como Granja Educativa Emaus;

Qué en fecha 29/01/97 se realiza una inspección del departamento de tierras municipal;

Qué en fecha 29/09/97se extiende Certificado de ocupación por parte del ejecutivo Municipal sobre una superficie de aproximadamente 2 ha;

Qué dicha agrupación tramita la personalidad jurídica como una Asociación Civil sin fines de lucro bajo la denominación Ruca Lihué;

Qué se encuentra inscripta en el CENOC (Centro Nacional de Org. De la Comunidad) con el número 7461;

Qué no es un emprendimiento agrícola, sino un emprendimiento educativo y de contención social de interés municipal;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Autorizar la mensura de la fracción que ocupa la Asociación Ruca Lihué .

Artículo N° 2: Adjudicar en venta el lote resultante de la mensura a la Asociación Civil sin fines de lucro Ruca Lihué Personalidad Jurídica en trámite.

Artículo Nº 3: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 23 de Marzo del año 2005.