HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Cesar Cavelleiro

VISTO:
Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué existe un remanente de tierra ubicado en el lote 15 b, según croquis adjunto presentado por el agrimensor;

Qué es necesaria la reubicación del camino, que por las condiciones geográficas y edilicias se deberá definir utilizando la menor superficie posible del propietario del lote 15 b César Cavalleiro;

Qué linderos al remanente se encuentra el SUM del Barrio Currumahuida, el lote del sr. Cavalleiro, y bordeado al mismo , el nuevo trazado del camino;

Qué este camino utilizará cierta superficie de dicho propietario;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Ofrecer el remanente de tierra al César Miguel Cavalleiro DNI N° 20.891.799 a modo de resarcimiento por la utilización de la tierra de su propiedad.

Artículo N° 2: Solicitar al Departamento Ejecutivo el deslinde del camino mencionado. -

Artículo Nº 3: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 06 de Abril del año 2005.