HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Mensura Eleodoro Mansilla

VISTO:
La nota recibida N° 080/05, nota recibida N° 080/05, Boleto de compra venta de fecha 16 de julio del año 2004; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales 3098/88.

Y CONSIDERANDO:
Qué el Sr Eleodoro Mansilla DNI N° 24.721.217 solicita autorización para mensurar una superficie en el lote 16 a Para la construcción de una vivienda social rural en éste ejido Municipal;

Qué las dimensiones cubren la superficie estipulada por la Ordenanza Municipal 042/04 de 600m2;

Qué dicha Ordenanza especifica que la autorización de mensura es exclusiva para la construcción de la vivienda social;

Qué existe boleto de compra venta entre el sr. Luis Herminio Mansilla y el sr Eleodoro Mansilla de fecha 16 de julio del año 2004;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Autorizar al sr. Eleodoro Mansilla DNI N° 24.721.217 a mensurar la superficie de 600 m2 en el lote 16 a de éste ejido municipal.

Artículo N° 2: La mensura es exclusiva para ser presentada ante el Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) para la solicitud de la vivienda social rural, no pudiendo ser el lote transferido.

Artículo N° 3: De forma. - -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 20 de Abril del año 2005. -