HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Callejón Vecinal Pasarella

VISTO:
Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué existe una pasarela de madera sobre el Río Epuyen en la zona de El Pedregoso, lindero al vado de acceso al Complejo Turístico "Las Pataguas" de éste ejido municipal;

Qué ésta pasarela permite el acceso a los pobladores del otro lado del Río Epuyén;

Qué está siendo reparada constantemente por los pobladores que la utilizan desde hace muchos años;

Qué es necesario que dicha pasarela tenga un acceso como mínimo de 8 metros de ancho;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Autorizar al Ejecutivo Municipal al deslinde del camino vecinal hacia la pasarela mencionada en los considerando, con una superficie de 8 metros de ancho.

Artículo Nº 2: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 04 de Mayo del año 2005.