Interés público ejecución obra Río Epuyén
VISTO:
La declaración de Emergencia Hídrica de julio del 2004; la creación del Comité de Emergencia por el art. 3 de la ley provincial 5196; la ley provincial 4148 (código de aguas); Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué existe un Proyecto de trabajo denominado "Proyecto Ejecutivo de mejoras Estructurales en el Río Epuyen", presentado por el Ministerio de la Producción, subsecretaria de Recursos Hídricos de la Provincia del Chubut;
Qué el mencionado proyecto cuenta con el control de la Dirección de Medio Ambiente de la Subsecretaria de Recursos Naturales de la Provincia del Chubut;
Qué en el marco de la Emergencia Hídrica del año 2004 la Provincia hace un llamado a empresas para la realización de la obra mencionada;
Qué los contratos con las empresas seleccionadas ya han sido firmados;
Qué la ejecución de la obra y la certificación de la misma será inspeccionada y controlada por la Dirección de Obras Hídrica de la provincia;
Qué es un derecho de los pobladores contar con la seguridad personal y el bienestar en sus viviendas;
Qué la actividad productiva es un recurso relevante para la economía de nuestros habitantes, que se ve malogrado por las reiteradas inundaciones y el deterioro de los suelos;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Se establece que a partir de la promulgación de la presente Ordenanza el Interés Público prevalecerá sobre el Interés privado con respecto a la ejecución de la Obra "Recuperación de Tierras Productivas en el Valle del Río Epuyen y restitución de Cauce y Márgenes".
Artículo N° 2: La presente tendrá alcance en toda la extensión del Río que esté dentro de nuestro ejido.
Artículo Nº 3: Dé forma. -
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 04 de Mayo del año 2005.