HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Presentación de planos

VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 051/01, 029/01, Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué nuestra Localidad como parte integrante de la Comarca Andina debe extremar medidas tendientes a minimizar el impacto negativo que cauce cualquier obra de uso público o privado, cuando esta guarde relación con la seguridad, riesgos de salud, higiene, impacto visual, contaminación, depredación y otras que actúen en forma negativa para los habitantes y/o visitantes;

Qué se contempla la zonificación de nuestro ejido a través de la Ordenanza Municipal N° 051/01;

Qué existe la necesidad de nuestra comunidad de preservar nuestros recursos naturales;

La importancia que la actividad turística está alcanzando en ésta zona;

Qué las fachadas de toda construcción o edificio comercial debe ser acorde a las características y materiales de nuestra región;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Establecer a partir de la presente Ordenanza la obligatoriedad de la presentación de planos al Departamento de Obras Públicas Municipal a emprendimientos comerciales de cualquier índole.

Artículo N° 2: La presentación de planos será obligatoria para cualquier tipo de construcción de más de 40 m2 nueva y/o ampliación dentro del Área Turística definida en la Ordenanza Municipal N° 051/01. -

Artículo Nº 3: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 03 de Agosto del año 2005. -