Filippi Parque Industrial
VISTO:
La Ordenanza Municipal del Parque Industrial, Ordenanza Municipal N° 51/94, Ordenanza Municipal N° 33/95 MEH; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué oportunamente se adjudicó a la firma LIQUEN S.R.L los lotes 1 y 2 de la Quinta 1 del Parque Industriadle El Hoyo en parte de la Fracción B-II Sección J-III del Ejido Municipal;
Qué la adjudicataria ha ejecutado su proyecto industrial poniendo en marcha una planta industrial maderera que constituye una fuente genuina de trabajo en ésta jurisdicción municipal;
Qué por escritura pública número ciento sesenta y uno de fecha veintiocho (28) de abril del año dos mil tres (2003) pasada por ante el Escribano Público Dr. Eduardo De Bernardi, titular del Registro Notarial N° 12 con asiento en la ciudad de Esquel, Provincia del Chubut, LIQUEN S.R.L. efectuó cesión de derechos, acciones, obligaciones y mejoras sobre la referida planta industrial y los predios antes referenciados en que se halla enclavada la misma a favor del Sr. Pablo Filippi DNI N° 23.905.939;
Qué el mencionado cesionario solicita se extienda el título de Propiedad a su nombre;
Qué no existen objeciones para encomendar al Esc. Eduardo De Bernardi, titular del Registro Notarial N° 12, con asiento en la ciudad de Esquel, la instrumentación de la transferencia de dominio a favor del titular de la referida empresa industrial maderera, respecto de los lotes 1 y 2 de la Quinta 1del Parque Industrial de El Hoyo y conforme a las disposiciones de la Ordenanza Municipal N° 17/90 MEH, con gastos y honorarios a costa de la adquirente;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: OTORGAR al Sr PABLO FILIPPI, DNI N° 23.905.939, argentino, soltero, industrial, con domicilio en la Localidad de Epuyén, Provincia del Chubut, el título de Propiedad de los Lotes 1 y 2 de la Quinta 1 Del Parque Industrial.
Artículo N° 2: ENCOMENDAR al Escribano Dr. Eduardo De Bernardi, titular del Registro Notarial N° 12 con asiento en la ciudad de Esquel, la instrumentación de la transferencia de dominio con costas y honorarios de la misma a cargo de la adquirente. -
Artículo Nº 3: Dé forma. -
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 17 de Agosto del año 2005. -