HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Ricardo Fariña

VISTO:
La nota recibida N° 291/05, Ordenanza Municipal N° 036/97; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué el loteo según Ordenanza Municipal N° 036/97 HCD MEH establece lotes con una longitud de 10 a 12 mts de frente;

Qué existe una solicitud del Sr. Ricardo fariña de subdividir el lote 7, manzana 33;

Qué el lote 7 al ser una esquina sobre la calle Amancay cumpliría con los metros de frente para concretar la subdivisión;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Autorizar al Sr Ricardo Fariña DNI N° 10.868.390 a subdividir en dos fracciones iguales el lote 7, manzana,33, quedando los frentes de los dos lotes sobre la calle Amancay. -

Artículo N° 2: Se establece que los gastos que ocasione éste fraccionamiento, serán afrontados por parte del interesado.

Artículo Nº 3: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 21 de Septiembre del año 2005. -