HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Mensura 20 x 30 Fuentes

VISTO:
La nota recibida N° 379/05, La Ordenanza Municipal N° 042/04, Ordenanza Municipal N° 050/03; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales 3098/88.

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante nota mencionada en vistos la Sra. Angélica Fuentes solicita autorización de mensura por una superficie de 20 x 30 mts en parte del lote 6, Fracción A, Sección JIII de éste ejido municipal;

Qué la Ordenanza Municipal N° 042/04 especifica que la mensura es exclusiva para ser presentada ante el Instituto Provincial de la Vivienda;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Autorizar a la Sra. Angélica Fuentes DNI N° 18.131.509 y al Sr. Atilio Vergara DNI N° 17.065.483 a mensurar la superficie de 20 x 30 mts dentro de la superficie que se les adjudicara en venta en parte del lote 6, Fracción A, Sección JIII, de éste ejido municipal.

Articulo Nº 2: La mensura es exclusiva para ser presentada ante el IPV, no pudiendo el lote ser transferido.

Articulo Nº 3: De forma.

Dada en la sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 05 de Octubre del año 2005. -