HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Incorporar Asesor legal

VISTO:
El artículo 36 "in fine" de la Ley Orgánica de Municipios, la Ordenanza Municipal N° 077/03 MEH y sus modificatorias (Presupuesto Municipal); Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué es facultad del Departamento Ejecutivo la iniciativa para introducir modificaciones en el presupuesto Municipal.

Qué resulta necesario a juicio del Departamento incorporar en la planta de personal temporario el cargo de Asesor Legal Municipal.

Qué por la responsabilidad y trascendencia que reviste el asesoramiento técnico–legal permanente y la representación judicial en toda cuestión y fuero en que sea parte como actora o demandada la Corporación Municipal, resulta razonable fijar la retribución del Asesor Legal Municipal en un monto equivalente al de secretario de la Municipalidad de El Hoyo, con la expresa restricción prevista por el artículo N° 99 de la Ley Orgánica de Corporaciones Municipales.

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar el presupuesto Municipal vigente (Ordenanza Municipal N° 077/03 MEH y sus modificatorias) incorporando a la planta de personal temporario el cargo de Asesor Legal Municipal. -

Artículo N° 2: Establecer la retribución del Asesor Legal Municipal en el monto equivalente a la de Secretario Municipal, con las restricciones del artículo N° 99 de Ley Orgánica de Corporaciones Municipales. -

Artículo Nº 3: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 11 de Febrero del año 2004.