Adhesion usuarios de garrafas
VISTO:
La ley Provincial N° 5039, La Disposición N° 014S.S.P; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Los vistos y considerandos de la Disposición N° 014 S.S.P.
Qué en la antedicha Disposición se aprueba la aplicación del Plan de Asistencia a Usuarios de Garrafas de Gas licuado de Petroleo Envasado de 10 kg.
Qué existen en la Localidad numerosos pobladores de escasos recursos que no pueden afrontar el pago de su consumo de gas natural envasado.
Qué dicho elemento es considerado en la actualidad de primera necesidad.
Qué para la aplicación de dicho Plan es necesario por parte de los Municipios interesados la Adhesión expresa a la aplicación del mismo.
Qué dicha Adhesión no representa compromiso al patrimonio Municipal.
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Adherir a la Municipalidad de El Hoyo a la aplicación del Plan de Asistencia a Usuarios de Garrafas de Gas licuado de petróleo Envasado de 10 kg de acuerdo a lo establecido en las normas precedentemente citadas. -
Artículo Nº 2: Dé forma. -
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 21 de Abril del año 2004. -