HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Juan Calros Torres

VISTO:
La nota presentada el 05/02/04, Ordenanza Municipal N° 019/01, Ordenanza N° 34/89, Boleto compra- venta recibo N° 0002-00003350/1 fecha 15/04/04, Nota del HCD 035/04 ; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué el Sr. José Garrido solicita autorización para vender un terreno en el Barrio El sauzal, Lote N° 7, fracción 3, manzana 1, Lote 37 a.-

Qué el Artículo N° 5 de la Ordenanza N° 019/01, autoriza la venta, previo pago.

Qué el Sr. José garrido abonó el derecho de transferencia mediante recibo N° 0002- 00003350/1.-

Qué se presentó el boleto de compra- venta entre el sr. José Garrido y el Sr. Juan Carlos Torres.-

Qué no existen objeciones para transferir dicho lote.-

Qué en la Ordenanza N° 019/01, se encuentran adjudicados en ventas el lote mencionado.-

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aprobar el boleto de compra – venta entre el Sr. José garrido LE N° 7.615.804 y el Sr. Juan Carlos Torres DNI N° 10.212.529. -

Artículo Nº 2: Dado el cumplimiento a las Ordenanzas vigentes, el Departamento Ejecutivo firmará el título de propiedad a costa de los cesionarios.

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 19 del mes de Mayo del año 2004. -