HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Sueldo Intendente

VISTO:
La Ordenanza Nº 023/88, 010/00; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué la Ordenanza Municipal N° 10/04 de Adhesión a la Ley Provincial 5067 donde se incrementan los sueldos de todo el personal de planta permanente. -

Qué es de facultad del Honorable Concejo Deliberante fijar el sueldo del Sr. Intendente Municipal. -

Qué es necesario fijar el sueldo del Sr. Intendente Municipal, Secretarios y directores Generales dependiente de Departamento Ejecutivo Municipal según Ordenanza Municipal N° 023/88 MEH. -

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Fijar el sueldo de bolsillo del Sr. Intendente Municipal en la suma de pesos $ 2.200.

Artículo Nº 2: Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a fijar el sueldo de los Secretarios y Directores Generales dependiente del Departamento Ejecutivo Municipal, según lo especificado en la Ordenanza Municipal Nº 023/88 MEH. -

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 16 de Junio del año 2004. -