HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Regularización lote 121 B. C, D

VISTO:
La nota presentada por el Sr. Gustavo Alejandro Manghi, Poder del Sr. Jorge Hugo Loro Marchese y Doña Susana Luisa Rafael, Recibo Nº 00001680,00001679,00001678,00001677, Cesión de dewrechos, permuta, plano Nº 17089 Expte P-720-97 tomo 167, folio 98 desglosado en tres fracciones: 121b, 121c, ; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el Sr. Loro Marchese y Doña María Luisa Rafael adquirieron los Derechos a Carlos Alberto Angaut;

Qué el sr. Gustavo Alejandro Manghi adquirió una fracción, que tenían en condominio autorizado por Ordenanza Municipal Nº 74/94;

Qué la Sra. Esther Teresa Berlusconi, Adquirió una fracción de tierra por Ordenanza Municipal Nº 014/88 y la misma hizo permuta con el Sr. Jorge Hugo Loro Marchese y Susana Luisa Rafael;

Qué la fracción Nº 121b del plano mencionado en vistos corresponde al Sr. Gustavo Alejandro Manghi;

Qué la fracción Nº 121c corresponde a la Sra. Esther Teresa Berlusconi;

Qué la fracción Nº 121d corresponde al Sr. Jorge Hugo Loro Marchese y Doña Susana Luisa Rafael;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aprobar la cesión de Derechos entre los Sres. Carlos Alberto Angaut LE 4.539.364, Miguel Héctor Roldán DNI Nº 10.106.598 ceden al Sr. Gustavo Alejandro Manghi DNI Nº 7.274.417 lote 121b. -

Artículo Nº 2: Adjudicar en venta la superficie de 7 has 99 a 51 cas, lote 121b plano Nº 17089 Expte P720-97 al Sr. Gustavo Alejandro Manghi DNI Nº 7.374.427. -

Artículo Nº 3: Aprobar la cesión de derechos entre los Sres. Carlos Alberto Angaut LE 4.539.364, cede a los Sres. Jorge Hugo Loro Marchese DNI Nº 4.330.151 y Susana Luisa Rafael LC 0.397.714 y permuta de la Sra. Esther Teresa Berlusconi DNI Nº 10.675.624. -

Artículo Nº 4: Adjudicar en venta la superficie de 7 has 98 a 69 cas, lote Nº 121d plano Nº 17089 Expte P 720-97. -

Artículo Nº 5: La presente autorización está condicionada al previo pago de derechos de transferencias, pago de la tierra, cancelación de impuestos y deudas Municipales. -

Artículo N 6: Abonado los establecido en el Art. Precedente, queda facultado el Ejecutivo Municipal a firmar el título de propiedad.

Artículo Nº 7: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 04 de Agosto del año 2004. -