Lote 14 Fl Flippi
VISTO:
La nota presentada de fecha 23/09/03 por el Señor Pablo Filippi; Las Ordenanzas Municipales Nº 029/95 y 034/01 DEM; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué por nota recibida N 157/03 HCD MEH con fecha 23/09/03, el Señor Pablo Filippi presenta el anteproyecto de ampliación de emprendimiento industrial maderero, secadero y carpintería;
Qué no habría inconvenientes para la adjudicación del lote, para el desarrollo de este emprendimiento;
Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo aprobar el proyecto presentado por el Sr. Pablo Filippi;
POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el convenio correspondiente según Ordenanza Municipal Nº 029/85 y 034/01 MEH. Adjudicar el Lote Nº 14 de la Quinta 2 del Parque Industrial del ejido Municipal de El Hoyo para la ejecución del Proyecto presentado de ampliación de emprendimiento industrial maderero, secadero y carpintería, por Señor Pablo Filippi según nota de fecha 23/09/03. -
Artículo Nº 2: Dé forma.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 09 del mes de Octubre del año 2003. -