Reconocimiento de Antigüedad
VISTO:
la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué desde el 01 de enero del año 2002 no se viene abonando el correspondiente aporte a los empleados de la Municipalidad de El Hoyo en concepto de antigüedad;
Qué la mencionada restricción obedecía a la difícil situación económica por la que atravesaba la municipalidad por falta de recaudación impositiva, bajo aporte de coparticipación y la crisis que afectaba a nuestro país;
Qué en los últimos meses de este año ha aumentado la recaudación y el valor de la coparticipación;
Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo reconocer y abonar el importe adeudado a los empleados municipales desde el 01 de enero del año 2002;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Reconocer el pago al personal de la Municipalidad de El Hoyo en concepto de Antigüedad desde el 01 de enero del año 2002. -
Artículo Nº 2: Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a adecuar las partidas presupuestaria para afrontar el pago del mencionado aporte según Articulo Nº 1 de la presente Ordenanza.
Artículo Nº 3: Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar el pago correspondiente a todos los empleados municipales.
Artículo Nº 4: Dé forma.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 07 del mes de Noviembre del año 2003.