HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Sueldo Concejales

VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 010/00 HCD MEH; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué existen concejales que por razones de índole particular peticionan percibir por todo concepto y en relación a su actuación en el cuerpo Legislativo Municipal una Dieta inferior a lo dispuesto por el articulo Nº 6 de la Ordenanza Municipal Nº 010/00 MEH;

Qué no existen objeciones para hacer lugar a lo peticionado por dichos concejales estableciéndose en sus casos una excepción a la normativa vigente;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: EXCEPTUAR de los términos del artículo Nº 6 de la Ordenanza Municipal Nº 010/00 MEH a los Señores Concejales:

Iturrieta Susana Inés D.N.I. Nº 23.045.936.-
Neculman Ulises Gerardo D.N.I. Nº 16.392.088.-
Pizarro Cándido Calixto D.N.I. Nº 17.601.155.-
Artero Cesar Ismael D.N.I. Nº 11.720.650.-

Artículo Nº 2: ESTABLECER que los concejales indicados en el artículo anterior perciban por todo concepto y como única retribución en el desempeño de sus funciones en el Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo un importe fijo de Pesos cuatrocientos ($ 400,00.-) por mes.

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 20 del mes de Febrero del año 2002.