HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Gas Barrio Cume Hue

VISTO:
El convenio firmado entre la Provincia de Chubut y la Municipalidad de El Hoyo, para la ejecución de Redes de Gas Natural en el Ejido Municipal con recursos del Fondo de Infraestructura Gasífera; La Licitación Pública Nº 001/98 MEH; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué por el convenio mencionado la Provincia del Chubut efectúa un préstamo a la Municipalidad de El Hoyo para la Ejecución de Redes de Gas Natural hacia el barrio "CUME-HUE"; "Rincón de Lobos" y derivaciones hacia el Paraje "El Pedregoso"; por un monto de Pesos Doscientos Once Mil Ochocientos Cincuenta-($ 211.850,00.-);

Qué a la fecha se ha ejecutado la obra Red de Gas Natural al Barrio "CUME-HUE"; por lo que corresponde establecer el monto resultante que debe abonar cada frentista, en concepto de contribución por mejoras; monto éste que debe ser reintegrado al Fondo de Infraestructura Gasífera;

Qué la obra en cuestión ha tenido un costo final de Pesos Cuarenta y Cinco Mil ($ 45.000,00.-), que debe prorratearse entre los actuales 50 vecinos; que arroja un monto de Pesos Novecientos ($ 900,00.-) a abonar por cada frentista;

Qué la Municipalidad de El Hoyo, atendiendo a la difícil situación socioeconómica que viven los vecinos, considera oportuno realizar una quita del 32 % del costo total de la obra, para aquellos beneficiarios que abonen al contado;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Establecer el sistema de amortización de la contribución por mejoras para los frentistas del Barrio "CUME-HUE", beneficiados con la ejecución de la red de gas natural, conforme a los artículos que forman parte de la presente. -

Artículo Nº 2: Establecer que el monto que le correspondería abonar a cada frentista asciende a la Suma de Pesos Novecientos ($ 900,00.-); prorrateando el costo total de la Obra ($ 45.000) entre los 50 frentistas actuales.

Artículo Nº 3: Establecer una quita equivalente al 32% del monto resultante de Pasos Novecientos ($ 900,00.-), para aquellos frentistas que abonen la totalidad del valor de obra al contado.

Artículo Nº 4: Establecer una quita del 12% sobre el monto resultante de pesos novecientos ($ 900,00) para aquellos frentistas que se acojan al segundo plan de pago que consiste en seis cuotas iguales, mensuales y consecutivas. -

Artículo Nº 5: Establecer un recargo equivalente al 0,65% mensual sobre el valor de cada cuota para aquellos frentistas que se acojan al tercer plan de pago que consiste en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas. -

Artículo Nº 6: Establecer un recargo equivalente al 1% mensual sobre el valor de cada cuota para aquellos que se acojan al cuarto plan de pago, que consiste en treinta y seis cuotas (36) mensuales, iguales y consecutivas. -

Artículo Nº 7: La presente contribución por servicios de red de gas natural, se establece para todos los actuales beneficiarios de dicha obra, independientemente que estén conectados o no a la red. -

Artículo Nº 8: Establecer como fecha de inicio de las obligaciones de la presente Ordenanza, para los beneficiarios de la obra red de gas natural al Barrio "CUME-HUE", el 01 de abril del 2002.

Artículo Nº 9: Establecer que para los que solicitan más de un servicio en un mismo lote, deberán abonar un adicional de pesos doscientos veinte ($ 220) por cada servicio; pagaderos en hasta treinta y seis (36) cuotas mensuales y consecutivas, con un adicional equivalente al 0.8% de interés mensual.

Artículo Nº 10: Los nuevos beneficiarios de la obra; como producto de nuevos asentamientos poblacionales y/o por fraccionamiento de lotes, deberán abonar la suma de Pesos Ochocientos ($ 800,00.-) por cada servicio que soliciten; pagaderos en hasta treinta y seis (36) cuotas iguales, mensuales y consecutivas; con más un recargo del 1% de interés mensual.

Artículo Nº 11: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 20 del mes de Marzo del año 2002. -