Plan de Pagos
VISTO:
La grave crisis socio–económica que sufre nuestro país y que los municipios pequeños son los más afectados por esta situación, que redunda en la baja de la recaudación; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué la reciente creación de la Inspectoría General por parte del Poder Ejecutivo, como lo establece el Artículo Nº 7 de la Ordenanza Municipal 008/2000 MEH;
Qué una de las funciones especificas de esta inspectoría será la de optimizar el sistema de habilitaciones comerciales y el control del comercio en general de nuestra localidad;
Qué existen en la localidad comercios que adeudan sumas considerables de la Tasa de Inspección Salubridad e Higiene;
Qué el Artículo Nº 42, Anexo I del Código de Habilitaciones Comerciales establece que al finalizar cada periodo fiscal, el comercio que adeude dicha tasa, sino cancela se le dará de baja automáticamente;
POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a implementar un Plan de Facilidades de Pago para todos los contribuyentes morosos de la Tasa de Inspección, Salubridad e Higiene hasta en veinticuatro (24) cuotas sin ningún tipo de recargo por actualización, ni intereses o punitorios. -
Artículo Nº 2: Este plan de facilidades de pago tendrá un plazo de ciento veinte (120) días de duración a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.
Artículo Nº 3: Transcurridos los ciento veinte (120) días de plazo que otorga esta Ordenanza a los morosos para realizar el correspondiente convenio de pago con esta Corporación, las deudas que queden fuera de dicho plan, se regirán por las condiciones establecidas en la Ordenanza Municipal Nº 026/2001 MEH.
Artículo Nº 4: Cuando un mismo contribuyente tenga deudas con esta Municipalidad de dos o más habilitaciones comerciales, el Departamento Ejecutivo Municipal quedará facultado para extender la cantidad de cuotas hasta (36) treinta y seis. -
Artículo Nº 5: Vencido el plazo para acogerse al Plan de Facilidades de Pago, el Departamento Ejecutivo Municipal, quedará facultado para reclamar judicialmente las deudas de los morosos que no se hubieran presentado en término. -
Artículo Nº 6: Dé forma.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 22 del mes de Mayo del año 2002.