HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Rubros Albombras

VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 010/02 MEH; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué día a día, la grave crisis que sufre nuestro país, hace crecer la cantidad de personas que emigran desde las grandes ciudades hacia el interior de nuestro país y principalmente a pequeñas localidades como la nuestra;

Qué como consecuencia, hace crecer nuestra actividad comercial. Llegando nuevos habitantes e instalando comercios con rubros que no existían en nuestra localidad;

Qué es menester de la Inspectoría General, mantener actualizado las normas relacionada con la actividad comercial;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Se crea el rubro de "Venta y colocación de alfombras y afines". -

Artículo Nº 2: Se fija como valor de tasa de habilitación para este rubro pesos doscientos cincuenta ($ 250.-). -

Artículo Nº 3: Se crea el rubro "Cafetería y Sandwicheria al Paso".

Artículo Nº 4: Se fija como valor de tasa de habilitación para este segundo rubro pesos doscientos ($ 200.-).

Artículo Nº 5: Se modifica el Rubro Nº 111 de la Tarifaría Anual Año 2002 (Ordenanza Municipal Nº 010/02 MEH); dicho rubro pasa a denominarse de "Agencia de Turismo" a "Agencia de viajes y Turismo".

Artículo Nº 6: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 26 del mes de junio del año 2002. -