HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Horarios de apertura y cierre de Negocios

VISTO:
Los reclamos reiterados de vecinos referente a ruidos molestos y la falta de legislación al respecto; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué existen varios reclamos de vecinos referente a ruidos molestos en horarios nocturnos, domingo y feriados y otros inconvenientes, ocasionando conflictos entre vecinos y familiares; manifestando, estos vecinos, la petición de reglamentación del funcionamiento de talleres mecánicos, aserraderos y carpinterías y otros;

Qué la Municipalidad de El Hoyo no posee reglamentado los horarios de apertura y cierre de algunos negocios habilitados por esta municipalidad;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo atender al reclamo realizado por los vecinos y reglamentar el horario de cierre y apertura de algunos comercios que son habilitados por la municipalidad dentro de nuestro ejido;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Fijar los siguientes días y horarios de apertura y cierre de los siguientes comercios habilitados por la Municipalidad de El Hoyo, dentro del casco urbano: -

1. Talleres Mecánicos Lunes a Sábado 08 a 13 y 15 a 22 horas.-
2. Carpintería Lunes a Sábado 08 a 13 y 15 a 22 horas.-
3. Aserradero Lunes a Sábado 08 a 12 y 14 a 20 horas.-

Artículo Nº 2: Encomendar al Departamento Ejecutivo Municipal dar amplia difusión de la presente Ordenanza, notificar a los involucrados, enviar copia al Juez de Paz de nuestra localidad y al Jefe de Comisaría El Hoyo.

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 21 del mes de agosto del año 2002.