HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Ex Combatientes

VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 019/02 MEH; La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante Ordenanza Municipal Nº 019/02 MEH se Declarar "CIUDADANO DE HONOR" a todos aquellos Ex Combatientes de Malvinas que demuestren fehacientemente mediante certificado de haber estado en el T.O.M.I.A.S. (Teatro de Operaciones Militares Islas del Atlántico Sur) y que residan en nuestra localidad y Eximir del pago de los Impuestos Retributivos e Inmobiliarios a todos los ex combatientes de Malvinas que residen en nuestra localidad que cumplan con el articulo anterior;

Qué en días pasado a fallecido el Sr. Guillermo Daniel Encina ex combatiente de Malvinas vecino de nuestra localidad;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo extender los beneficios de la Ordenanza Municipal Nº 019/02 MEH a la Sra. Esposo del menciona ex combatiente;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

COMUNICACION

Artículo Nº 1: Extender los beneficios de la Ordenanza Municipal Nº 019/02 MEH a la Sra. Esposa del Señor Guillermo Daniel Encina DNI Nº 16.011.030, Doña Elda Lida Mayorga DNI. Nº 18.503.611. -

Artículo Nº 2: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal y a la interesada. -

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 24 del mes de Abril del año 2002.