HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Agrimensores y Escribano

VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 036/85 HCD MEH, La Ordenanza Municipal Nº 029/87 HCD MEH; La Ordenanza Municipal Nº 066/89 HCD MEH; La Ordenanza Municipal Nº 058/00 HCD MEH; La Ordenanza Municipal Nº 004/00 HCD MEH; La Ordenanza Municipal Nº 057/00 HCD MEH; La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué permanentemente llegan al Honorable Concejo Deliberante temas relacionados con compra, transferencias y/o ventas de parcelas de tierras, sin la correspondiente autorización del Departamento de Tierras Municipal;

Qué la mayoría de las veces son casos consumados, donde los Concejales se les presentan situaciones difícil de resolver;

Qué el Municipio a través de la Dirección de Tierras Municipal debería llevar adelante una política de difusión constante a través de notas, panfletos y medios de difusión masivos, de todas las normas existentes relacionadas con la venta de tierras dentro del ejido de la localidad de El Hoyo;

Qué las Ordenanzas 036/85, 066/89 y 004/00 HCD MEH, establecen claramente la idea consensuada a través de los distintos concejos Deliberantes y la idea pluralizada de la mayoría de la población de esta localidad.

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Notificar a todos los Agrimensores que queda prohibido llevar adelante toda tramitación relacionada con la realización de mensuras sin la previa autorización del Departamento de Tierras Municipal.

Artículo Nº 2: Todo expediente de tierras elevados al Honorable Concejo Deliberante para su resolución será enviado con dictamen ocular del predio por el Departamento de Tierras Municipal, donde conste también la situación real de dicho predio y linderos. -

Artículo Nº 3: Instar al Departamento Ejecutivo Municipal ha realizar la difusión de las Ordenanzas vigentes enunciadas en los vistos, a los señores Agrimensores, Escribanos, Inmobiliarias, Juez de Paz de nuestra localidad y medios de difusión masivos.

Artículo Nº 4: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 21 del mes de Marzo del año 2001. -