Adj. en venta Graciela Infante
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 079/97 HCD MEH; La Ordenanza Municipal Nº 007/2001 HCD MEH; La Ordenanza Municipal Nº 036/85 HCD MEH; La Ordenanza Municipal 004/2000 HCD MEH; El Boleto de compra venta con fecha 19/08/98 y la nota de fecha 11/01/2000; La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué la Sra. Graciela Beatriz Infante, es real y pacifica ocupante de una tierra fiscal de aproximadamente 1 ½ hectáreas, tiene como limite, entre el Lote Nº 107 y el Arroyo El Pedregoso;
Qué la ocupante ha solicitado la regularización de la ocupación, en varias oportunidades, de un remanente de tierra fiscal, solicitando acogerse en los términos de la Ordenanza Municipal Nº 004/2000 HCD MEH;
Qué es voluntad regularizar las ocupaciones reales y pacificas, que ejercen dentro de la Jurisdicción Municipal;
POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Autorizar a mensurar a Doña Graciela Beatriz Infante D.N.I. Nº 21.806.914, una superficie de tierra fiscal de Aproximadamente 1 ½ hectáreas, sita en parte del Lote 6 Fracción A Sección J-III.
Artículo Nº 2: Adjudicar en venta la superficie que surja de la aprobación de dicha mensura. -
Artículo Nº 3: Dé forma.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 04 del mes de Abril del año 2001. -