Prorroga Eleccion de Juntas Vecinales
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 021/97 HCD MEH; La Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 147/98 MEH; La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué según Articulo Nº 6 de la Ordenanza Municipal Nº 021/97 HCD MEH se establece como fecha de Asunción de las autoridades de las comisiones de vecinos el día 25 de mayo;
Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo, el estudio de los limites de las comisiones de vecinos dentro del ejido Municipal y la modificación de los mencionados limites, según requerimientos de vecinos, teniendo como base ultimas estadísticas poblacionales a fin de dar una mejor conformación territorial; .
Qué es necesario prorrogar la elección de autoridades de las comisiones de vecinos;
POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Prorrogar, por única vez, según el Articulo Nº 6 de la Ordenanza Municipal Nº 021/97 HCD MEH, en vigencia, hasta el día 30 de septiembre del año 2001, el periodo de mandato de las Comisiones de vecinos, fecha que deberá asumir la nueva Comisión. -
Artículo Nº 2: Instar al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar dicha prorroga según Articulo Nº 011 del Anexo de la Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 147/98 MEH.
Artículo Nº 3: Dé forma.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 16 del mes de Mayo del año 2001.