HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Venta Lobos a Mazzini

VISTO:
Las notas presentadas por los señores José Julio Mazzini, Lucia Beatriz Adler y Héctor Luis Lobos de fecha 15/11/01; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante nota de fecha 15/11/01 presentada por el Señor Héctor Luis Lobos, este solicita autorización para ceder los derechos y vender las mejoras sobre una fracción de aproximadamente dos hectáreas en el lote 46 del ejido Municipal de El Hoyo;

Qué mediante nota de 15/11/01 presentada por el Señor José Julio Mazzini y Lucia Beatriz Adler, estos solicitan la autorización de compra para anexar al lote 46 Fracción 2 del ejido Municipal de El Hoyo, que esta hoy compuesta de 10 Has. 00 As. 00 Cas.

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo atender la solicitud del señor Héctor Luis Lobos y autorizar el anexo de aproximadamente dos hectáreas al lote 46 Fracción 2 de tenencia de los Señores José Julio Mazzini y Lucia Beatriz Adler;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Autorizar al Señor Héctor Luis Lobos L.E. Nº 7.331.541 a ceder los derechos y vender las mejoras sobre una fracción de aproximadamente dos hectáreas en el Lote 46 del ejido Municipal de El Hoyo. -

Artículo Nº 2: Autorizar a los Señores José Julio Mazzini L.E. Nº 4.402.256 y Lucia Beatriz Adler L.C. Nº 9.992.337 a anexar aproximadamente dos hectáreas al Lote 46 Fracción 2, superficie cedida por el Señor Héctor Luis Lobos L.E. Nº 7.331.541.

Articulo Nº 3: La presente autorización esta condicionada al previo pago del derecho de transferencia establecido por la Ordenanza Municipal de tierras fiscales y cancelación de impuestos y deudas municipales que pesen sobre el inmueble cedido, luego de la cual podrán efectuarse las tramitaciones pertinentes para la extensión del respectivo titulo de propiedad con intervención del Escribano Publico que determine los beneficiaros, corriendo los gastos y honorarios por cuenta exclusiva de los mencionados anteriormente.

Artículo Nº 4: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 05 del mes de Diciembre del año 2001.