Adherir a la Reso. 318/2000 IPV y DU
                
                    VISTO:
	    Expediente 136/93-BSipv; La Resolución Nº 318/00 IPV y DU; La Ley Provincial Nº 3098/88 de Corporaciones Municipales;
Y CONSIDERANDO:
				Qué la situación económica hizo necesario que se ponga a disposición de las Corporaciones Municipales una herramienta que les permitiera ofrecer a sus beneficiarios una cuota más accesible;
				Qué la situación socio económica de la población destinataria de esta operatoria (obra delegada) de la localidad de El Hoyo no es ajena a la de toda la Provincia;
				Qué una de las medidas propuesta es la transferencia, por parte del Municipio, de los terrenos a favor del IPV y DU, haciéndose cargo este organismo de la facturación y cobranzas de las cuotas; 
				Qué esta transferencia no solo libera a la Corporación Municipal de la obligación de hacer frente al pago del crédito, sino que además permite la regularización dominial de los inmuebles, principalmente en las pequeñas comunidades en las que no se cuenta con la infraestructura y personal técnico para poder lograr este fin;
				Qué es facultad del Directorio del IPV y DU la de establecer los planes de amortización de las viviendas, 
				Qué el decreto 396/00 establece que el Interventor del IPV y DU cumplirá las funciones de presidente con las atribuciones que la Ley Nº 1134 y su modificatoria Nº 4158 otorga al Directorio del Organismo;
POR ELLO Y:
		     En uso de sus facultades que le son propia
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD 
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE	
ORDENANZA
Articulo Nº 1:  Adherir en todos sus términos a la Resolución Nº 318/00 del IPV y DU. -
Articulo Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Al IPVy DU, dese amplia difusión y cumplido archívese. -
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 16 del mes de Agosto del año 2000. -