Adherir Ley 4154
                
                    VISTO:
	   La crisis estructural que atraviesa el País en general y en especial nuestra región, el estado calamitoso y deficitario en que esta gestión encontró las Municipalidades; La Ley Provincial Nº 4154/95 de Emergencia Económica; la Ley Provincial Nº 3098/88 de Corporaciones Municipales;
Y CONSIDERANDO:
			Qué se hace imprescindible adecuar la economía Municipal a las posibilidades presupuestarias;
			Qué, para lograr este objetivo es necesario efectuar debidos relevamientos y cambios drásticos que escapan a situaciones de normalidad;
			Qué, es ese sentido la Provincia ha promulgado la Ley de Emergencia que posibilita la implementación de las medidas excepcionales que necesariamente deben ser aplicables;
			Qué, dicha normativa contempla las soluciones a implementar en el Municipio sin presentar contrapartidas perjudiciales;
	
POR ELLO Y:
		     En uso de sus facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD 
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE	
ORDENANZA
Articulo Nº 1: El Municipio de El Hoyo, adhiere sin restricciones de ninguna índole a la ley Provincial Nº 4154/95, la que a partir de la fecha de promulgación de la presente y hasta el 31 de diciembre del año 2001 inclusive, será de aplicación en la localidad. -
Articulo Nº 2: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal para que ponga en funcionamiento los dispositivos necesarios a los efectos de la inmediata aplicación de la norma. 
Articulo Nº 3: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer las modificaciones necesarias a los fines de la adecuación de la economía y finanzas Municipales a las reales posibilidades presupuestarias en las condiciones y encuadramientos que determine la Ley de Emergencia Provincial que por el presente se incorpora como Ordenanza Municipal. 
Articulo Nº 4: De Forma. -
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en la Sesión Ordinaria del día 20 del mes de Diciembre del año 2000.