HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Descentralización de fondos FONAVI

VISTO:
La Ley Provincial Nº 3098/98 de Corporaciones Municipales; y el Proyecto de Ley proponiendo descentralizar los fondos FONAVI;

Y CONSIDERANDO:
Qué en nuestra Provincia los fondos coparticipados por la Ley Nacional Nº 24.464, Sistema Federal de la Vivienda, son canalizados a las jurisdicciones de las Corporaciones Municipales, comunas Rurales y Comisiones de Fomento, por medio del Instituto Provincial de las Vivienda y Desarrollo Urbano;

Qué es de competencia municipal el planeamiento urbano, la zonificación y el uso del suelo, el planeamiento edilicio, el catastro Municipal, y en general, entender en la construcción de edificios particulares y sus servicios accesorios;

Qué los Organismos del estado Provincial no conocen, como las Corporaciones Municipales, las condiciones particulares de cada comunidad, ni poseen la representatividad legitima de sus habitantes.

Qué las Corporaciones Municipales conocen las situaciones particulares que requieren soluciones habitacionales, el tipo de viviendas a ejecutar y los materiales y mano de obra locales posibles de usar para la construcción;

Qué las Corporaciones Municipales conforman el organismo que esta en contacto permanente con las necesidades de las comunidades, y las que recepcionan directamente sus inquietudes y sugerencias, y naturalmente, deben asumir un rol protagónico en la ejecución de las obras que requieren las distintas comunas, definiendo sus características técnicas, y propiciando el uso de materiales y mano de obra local;

Y POR ELLO:
En uso de sus facultades que le son propia

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

DECLARACION

Articulo Nº 1: Que adhiere al Proyecto de Ley que propicia la modificación del ArtÍculo Nº 3 de la Ley Nº 4157, proponiendo la descentralización de los fondos del FONAVI.

Articulo Nº 2: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, a la Legislatura, al Poder Ejecutivo Provincial, a los Municipios de la Región, y cumplido archívese.

Articulo Nº 3: De Forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 26 del mes de abril del año 2000.