HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Anexa Fración de Tierra al Par. Ind.

VISTO:
La ordenanza Nª 029/85 MEH. La ley de corporaciones municipales y el proyecto de mensura presentado por el Agrimensor Roberto O. Vila, de una fracción de tierra fiscal situada junto a la margen oeste de la rivera del Arroyo pedregoso colindante con el parque industrial, Y,

CONSIDERANDO:
Qué según el proyecto de mensura mencionado en vistos, existe una fracción de tierra fiscal de una sup. De 1 hec. 38 a 43 ca. Lindera al parque industrial.

Qué dicha fracción a sido solicitada para la concreción de un proyecto, el que se encuadraría bajo las normas establecidas en la ordenanza Nª029/85.

Qué, por este motivo se considera oportuno anexar, como lote1 de la quinta cuatro , dicha superficie al predio que comprende el parque industrial.

Qué, al deslindar la fracción de tierra la que se ubica al sur oeste del lote 104d y S-E, calle en medio de la quinta 2 del parque industrial, se justifica la corrección del ancho de la calle que corre al sur del parque industrial tal como se detalla en el plano de mensura.

Qué para ello es indispensable proceder a la desafectacion, del sector, de calle mencionado e incorporarlo al mencionado lote 1 de la quinta 4.

POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Anexar, al parque industrial municipal la fracción de tierra fiscal, con una superficie de 1 hectárea, 38 áreas y 43 centiarias , ubicada al S-O del lote 104d y S-E, calle en medio, de la quinta 2 al parque municipal.

Articulo N° 2: Denominar la fracción mencionada como lote 1 de la quinta 4 del parque industrial municipal.

Articulo N° 3: Desaféctese del dominio público el sector de calle ubicado al sur de la quinta 2 del parque industrial, calle creada según expediente p-173-89, incorporándola al sector deslindado lindero a la misma.

Articulo N° 4: Los gastos de mensura y otros que origine el trámite se realizaran a costa y cargo de la municipalidad. -

Articulo N° 5: Regirá para el lote anexado las normas establecidas en la ordenanza N° 029/85.-

Articulo N° 6: DE FORMA. -

Dada en Sesión de fecha 30 de Abril de 1999. -