Adj. en venta Gladis Leonor
VISTO:
La ordenanza N° 070 y demás normas que reglamentan los tramites sobre tenencias de tierras en el ejido municipal y la ley de corporaciones municipales 3098/88 y,
CONSIDERANDO:
Qué entres los tramites a realizar para normalizar la titularidad de la tierra, se encuentra n las mensuras de los respectivos predios
Qué en oportunidades se realizan mensuras de predios fiscales municipales, inclusos destinados a uso público, lo que luego crea una situación no deseada por el honorable consejo deliberante.
Qué las mensuras deben ser solicitadas ante la dirección de tierras municipal a la vez ser Autorizadas por este.
POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº 1: Aprobar la planilla tipo de solicitud de mensura que corre como anexo 1 de la presente. -
Articulo N° 2: Cuando por razones propias del terreno se deban realizar mensura fueras de las normas municipales establecidas o anexar tierras fiscales a una propiedad de deberá contar con la previa autorización del honorable consejo deliberante, caso contrario este cuerpo no se responsabiliza por la aprobación de las misma.
Articulo N° 3: Quienes anexen mediante una mensura tierras fiscales municipales a su propiedad o adquiera a terceros derechos de tierras fiscales municipales sin previa autorización municipal, deberá abonar en concepto de multa, previo a las compras de las tierras un importe igual al valor establecido sin descuento para comprar dichas tierras y luego recién el municipio le podrá vender las tierras en cuestión.
Articulo N° 4: La dirección de tierras deberá difundir por dos radioemisoras con alcance en la localidad sobre las autorizaciones de mensura que autorice a los efectos de que los linderos del predio puedan tomar conocimiento y formular descargos.
Articulo N° 5: Las autorizaciones de mensura extendidas con más de un año de anticipación a la fecha de entrada en vigencia de la presente norma, y cuyas mensuras no se hallan realizados, tendrán efectividad solo hasta el 30/08/99, caducando a partir de entonces en forma automática, siendo necesaria su renovación.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo, en sesión de fecha 09 de Julio de 1999.