HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Ratifica Constitución CODECAP

VISTO:
El tratado parcial interprovincial del 17 de Septiembre de 1998 suscrito por las provincias de río negro y Chubut que crea la micro región de la comarca andina del paralelo 42º como una entidad de carácter económico con vista a canalizar el desarrollo económico y social. -

El acta del 17 de Septiembre, por la que se constituye en el ámbito de la micro región de la comarca andina del paralelo 42º-CODECAP-integrado por las provincias de: Río Negro, Chubut, Los municipios de: Cholila, Epuyen, Lago Puelo, El Hoyo. El Bolsón, y la comuna rural del Manso, por la comisión nacional para la promoción y desarrollo de la región patagónica-CONADEPA-Y distintos sectores representativos de la comunidad, a través de universidades, cámaras empresariales, instituciones científico técnico y organizaciones intermedias. -

Las leyes 3272 de la provincia de río negro y 4478 de la provincia del Chubut que ratifican el tratado parcial interprovincial y el acta constitutiva del CODECAP-

El acta del consejo de gobierno del CODECAP del 17 de Junio de 1999 por lo que se considera conveniente solicitar la ratificación de los HCD, de la comarca la constitución del CODECAP.

CONSIDERANDO:
Qué es necesario integrar y coordinar en forma armónica y coherente las diversas políticas sectoriales, las distintas fuentes de financiamientos y los recursos humanos y técnicos en la micro región de la comarca andina del paralelo 42º.

Qué la trascendencia de esta iniciativa colabora con la participación de todos los sectores interesados en el crecimiento y en el fortalecimiento de un polo de desarrollo regional. -

Qué resulta imprescindible lograr un mayor protagonismo de las comunidades locales convirtiendo a la sociedad civil en sujeto activo de un desarrollo económico y social sustentable. -

Qué este honorable consejo deliberante integra el consejo de gobierno de la CODECAP. -

POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Ratifíquese la constitución del consejo para el desarrollo de la comarca andina del paralelo 42º CODECAP en el ámbito de la micro-región de la comarca andina del paralelo 42º

ARTICULO N°2: Reafírmese al CODECAP como instrumento que facilite, impulse y promueva proyectos y acciones multiplicadoras de corto plazo y alta participación social. -

ARTICULO N°3: Ratifíquese la integración de este honorable consejo deliberante al consejo de gobierno del CODECAP. -

ARTICULO N° 4: De forma. -

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo, a los 20 días del mes de Agosto de 1999. -