HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Adj. Cantera Municipal Adolfo Freeman

VISTO:
La Ordenanza Nº 012/92, el llamado a licitación de explotación de la cantera municipal Nº 001/98 efectuado mediante ordenanza N° 052/98 y la ley de corporaciones municipales y,

CONSIDERANDO:
Qué, realizada la licitación se presento como único oferente el Sr. Adolfo Freeman, vecino de la localidad;

Qué se cumplimentaron las exigencias del pliego licitatorio, siendo necesaria la explotación racional de la cantera para beneficio de toda la comunidad que actualmente debe ingresar materiales de lugares distantes y ajenos a nuestro ejido municipal.-

Qué entre las mejoras a introducir por el concesionario, las que serán en beneficio directo a la municipalidad de el hoyo al termino del contratase encuentra la obligación de plantar una cortina de árboles lo que contribuirá a embellecer el entorno, adecuando el área de explotación en consonancia con el perfil turístico.-productivo de nuestra localidad.

POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo N° 1: Adjudicar al Sr. Adolfo Freeman con domicilio en esta localidad de el hoyo, la explotación de la cantera municipal sita en el lote 6, fracción a sección j111.-

Artículo N°2: Autorícese al ejecutivo municipal a suscribir el contrato que como anexo 1 forma parte de la presente

Artículo N° 3: De forma. -

Dada en la sala del Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo a los días 15 del mes de Octubre de 1999. -