HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Obra cooperativa cabinas telefónicas

VISTO:
La ley de corporaciones municipales 3098/88 y las disposiciones sobre tierras fiscales municipales, y el proyecto presentado por la cooperativa de provisión de servicios públicos, telefónicos, vivienda, consumo y credito de El Hoyo limitada con relación a la construcción de cabinas telefónicas a la vera de la ruta nacional 258 en la zona urbana. -

CONSIDERANDO:
Queda construcción de obras de infraestructura que favorecen en la actividad turística a la par que aseguren la prestación de servicios que son imprescindible a estos fines, hace necesario impulsar desde el municipio los proyectos serios que se presenten en este sentido, tal como el presentado por la cooperativa. -

Qué en la concreción de este proyecto se asegura la realización de una obra de envergadura a través de una construcción arquitectónica que mantenga el estilo de la región, cubriendo al mismo tiempo necesidades que hacen a la infraestructura de la localidad redundando en beneficio de la comunidad y del turismo. -

Qué el proyecto contempla la parquización del lugar embelleciendo el entorno de acceso a el hoyo, lo que resulta primordial en una zona turística. -

Qué a través de este proyecto se facilita la evacuación de las aguas de tierras actualmente inundables, mediante relleno y canalización, previéndose también, la construcción de un playón de estacionamiento con capacidad para albergar un gran número de automóviles, como así también la posibilidad de estacionamiento a micros de corta y larga distancia. -

POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO N° 1: Aprobar el proyecto presentado a este municipio por la cooperativa de provisión de servicios públicos, telefónicos, vivienda consumo y otros servicios que constara de cabinas telefónicas y otros servicios y la parquización del área circundante.-

ARTICULO N° 2: afectar a los fines del presente proyecto el predio ubicado en la manzana 5 de esta localidad y que abarcara franca de tierra comprendida entre las calles islas Malvinas y los guindos y las calles del gimnasio y ruta 258 ordenando la respectiva mensura de deslinde. -

ARTICULO Nº 3: Requiere al ejecutivo municipal, que una vez finalizado los tramites se autoriza la ejecución de la mensura correspondiente y ponga a la cooperativa en posesión de la tierra, debiendo esta última someterse a lo que dispone la presente ordenanza. -

Dada en la sala del Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo a los días 15 días del mes de Octubre de 1999.