HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Autoriza Cesión Calfuquir a Iglesia Evangelica

VISTO:
La solicitud realizada por el Sr Enrique Martiniuk, en representación de la congregación evangélico cristiana pentecostal, la ordenaza N°035/99 MEH y la ley de corporaciones municipales 3098/88, y;

CONSIDERANDO:
Qué, tanto en el boleto de venta de derechos y mejoras de fecha de febrero de 1995, sobre una superficie de 612,00 m2, parte del lote agrícolas Nª35e, celebrado entre los Sres. Carlos Calfuquir y la congregación Evangélico cristiana pentecostal como en la solicitud realizada por el Sr Martiniuk, se especifica que la superficie sera destinada a la construcción de un culto religioso.

Qué con este fin, no existirá impedimento para establecer una excepción a la ordenanza N° 036/85 que establece en 4Ha la unidad minima fiscal rural

POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo N° 1: Autorizar, la excepción al artículo primero de la ordenanza Municipal N° 036/85, sobre una fracción de 612,00 Mtrs2, en el lote 35e del ejido municipal de El Hoyo. -

Artículo N°2: Apruébese la cesión de derechos y obligaciones de una superficie de 612,00Mtrs 2 en el lote 35e, de fecha 07 de febrero de 1995, realizada por el Sr CARLOS CALFUQUIR D.N.I. N° 17.942.339 a favor de la CONGREGACIÓN EVANGELICO CRISTIANA PENTECOSTAL, representada en este acto por el Sr Sergio Krawiec L.E N° 7.524.590

Artículo Nº 3: Cumplimentado lo establecido en las normas municipales vigentes, queda facultado el departamento Ejecutivo a realizar los trámites para el otorgamiento del Título de propiedad del requerido predio.

Artículo N° 4: DE FORMA.-

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo, a los 15 dias del mes de octubre de 1999