HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Multas de Transito

Visto: La ley Provincial de Transito Nº 4165, la Ordenanza Municipal Nº 061/96 M.E.H. y las disposiciones de la ley de corporaciones Municipales Nº3098/88, Y;

Considerando: Qué, el H.C.D. debe fijar los valores de las multas y establecer formas de pagos de las misma, por sanciones y contravenciones de tránsitos, según lo establecido en el artículo 14 de la Ley provincial de Transito Nº4165.-

Por ello:
Y en uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1ro: Fijase como pago de las multas por sanciones y contravenciones de tránsito, los montos mínimos de lo establecidas en la ley de Tránsito Nº 4165. en todos los casos.-

ARTICULO 2do: Autorícese un descuento del treinta y cinco por cinto (35%) el pago voluntario del contraventor

ARTICULO 3ro: En los casos de reincidencia se aplicará en el Articulo Nº82 de la Ley Provincial de Transito Nº4165.

ARTICULO 4to: Autorícese un plan de pago, según el valor de la multa, de hasta 10 cuotas mensuales y consecutivas, no debiendo ser el monto de la cuota inferior a veinticinco pesos ($25)

ARTICULO 5to: De forma.

EL HOYO, CHUBUT 4 de Abril DE 1997