HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Promoción desarrollo Productivo

Visto:
El programa de promoción del desarrollo local de la Secretaria de Desarrollo Social de la Presidencia de la Nación Y,

Considerando:
Qué, es necesario la promoción del desarrollo productivo local.

Qué el programa de la Secretaria de Desarrollo de la Nación cita en le visto, mediante subsidios transferencia a los Municipios impulsar la constitución de fondos de apoyos para el Desarrollo Productivo en las localidades que se enmarquen dentro de lo establecidos en el Manual del Programa.

Qué dichos fondos deben ser destinados a las capacitaciones a sistemas técnicas y financiera de emprendimiento productivos viables.

Qué los municipios deben destinar como contraparte de los recursos asignados por la secretaria de Desarrollo social, aportes en los recursos humanos y financieros para un mejor desarrollo de dicho programa.

Qué resulta conveniente que la municipalidad de El Hoyo declare de interés Municipal al programa de promoción del desarrollo local y determine la partida presupuestaria a la cual se le afectará los recursos necesarios para el incumplimiento del convenio a subscribirse con la Secretaria de Desarrollo Social de la Nación

Por ello
Y en uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1ro: Declarar de interés Municipal el programa de promoción del desarrollo local de la secretaria de desarrollo social de la Presidencia de la Nación.

ARTICULO 2do: Adherir a las Resoluciones de la secretaria de desarrollo social de la Presidencia de la Nación Nº .0098/97 y Nº .1632/96 referidas al nombre y operativa del Programa de Promisión y Desarrollo local, respectivamente.

ARTICULO 3ro: Autorizar al Intendente Municipal a suscribir un convenio con la Secretaria de Desarrollo Social de la presidencia de la Nación para la constitución de un fondo de apoyo para el desarrollo Productivo en el marco del Programa de Promoción del Desarrollo local.

ARTICULO 4to: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal para gestionar la apertura de una cuenta bancaria especifica en el Banco de la Nación, para el manejo de los recursos del fondo de apoyo para el desarrollo Productivo.

ARTICULO 5to: De forma

Dada en la sala de sesiones del Honorable Consejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo, de 9 Mayo 1997