Crea Concejo de la Juventud
Visto:
El lugar que le corresponde a la juventud en la sociedad, y la ley de corporaciones Municipales 3098/88. Y
Considerando: Qué, es intención del gobierno municipal proveer fortalecer uy coordinar en el ámbito de la juventud local cuestiones de la educación, la cultura, el deporte la producción y el medio ambiente. -
Qué, para tal fin debe crease un organismo tendiente a generar las condiciones ideales para que los jóvenes puedan realizar intercambios de conceptos, talleres de debates sobres sus inquietudes, sus aspiraciones etc.
Qué el CONCEJO DE LA JUVENTUD, será un vínculo importante para relacionarse e intercambiar experiencias con jóvenes de otra localidad o con organismo privados u oficiales de cualquier nivel.
Por ello:
Y en uso de sus facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1ro: Crease en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal. el concejo de la juventud DE LA MUNICIPALIDAD DE El Hoyo.
ARTICULO 2do: EL CONCEJO DE LA JUVENTUD de la municipalidad de El Hoyo tiene como objetivos generales promover, fortalecer y coordinar en el ámbito de la juventud local cuestiones que hacen a nuestra Educación, cultura, deporte, producción y medio ambiente.
ARTICULO 3ro: EL CONCEJO DE LA JUVENTUD de la municipalidad de El Hoyo estará integrada por un presidente, vicepresidente, secretario, tesorero 3 consejeros Titulares, 3 consejeros suplentes y una comisión revisadora de cuentas integradas por 2 titulares y 2 suplentes. -
ARTICULO 4to: Los cargos honoríficos, durarán dos años en sus funciones pudiendo ser reelectos
ARTICULO 5to: Podrán integrar a la comisión personas de ambos sexos, que residan en El Hoyo, tengan entre 15 y 30 años y no registren antecedentes que le impidan el desempeño de las funciones públicas. -
ARTICULO 6to: El Departamento Ejecutivo Municipal, dentro de un plazo de 30 días, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, invitara a las entidades intermedias, establecimientos educativos, partidos políticos a participar y designar a sus representantes. Deberá fijar, además, un calendario definitivo para la incorporación de los mismo y la constitución del CONCEJO DE LA JUVENTUD de la municipalidad de El Hoyo.
ARTICULO 7mo: facúltese al CONCEJO DE LA JUVENTUD de la Municipalidad de El Hoyo, a elaborar un proyecto de reglamento interno cuyos términos deberán ser compartidos con el Departamento Ejecutivo y luego aprobado por resolución Municipal.
ARTICULO 8vo: EL CONCEJO DE LA JUVENTUD de la municipalidad de El Hoyo, queda facultado para realizar eventos culturales, deportivo y otros que además de dinamizar estas áreas sirvan para generar recursos económicos a fin de solventar gastos de funcionamiento. .
ARTICULO 9no: De forma.
9 Mayo de 1997