HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Autorización Subdivisión Lote Agricola según Ordz. N° 36/ 85 y 34/ 89

Visto:
La Ordenanza Municipal Nº 36/85 y 34/89 y la ley 3098 Y,

Considerando:
Qué, existen personas titulares de lotes agrícolas interesadas en tomar créditos hipotecarios para la ampliación y/o construcción de viviendas;

Qué estas operatorias, generalmente exigen una hipoteca sobre el terreno a construir la vivienda;

Qué muchos interesados no justifican hipotecar todo el lote agrícola con motivo de este crédito;

Qué resulta oportuno crear una norma que prevea expresamente esta situación, teniendo en cuenta que para uso de vivienda se puede considerar suficiente la superficie mínima permitida para lotes urbanos. -

Por ello:
Y en uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1ro: Autorizar a los Titulares de lotes agrícolas, a realizar una subdivisión de hasta CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS (400M2) como mínimo cuando sea para ampliación o construcción de vivienda, con crédito que exija la hipoteca de la superficie a construir.

ARTICULO 2do: En la autorización debe quedar expresamente aclarado que la subdivisión es a solo efecto de hipotecar ante el organismo prestatario, la superficie donde se construya la vivienda, superficie que no puede ser vendida en forma independiente, ni separada del resto del lote agrícola, para cualquier otra operación de compra - venta del inmueble original, por parte del Titular del lote.

ARTICULO 3ro: En el caso de no realizarse la construcción que da origen a la solicitud, automáticamente caducara la autorización de subdivisión.

ARTICULO 4to: Exceptuase a las divisiones que se realicen por la presente ordenanza, de lo normado en la Ord. Municipal Nº 36/85, que fija como unidad mínima en zona rural, una superficie de CUATRO (4) Has.

ARTICULO 5to: Notifíquese de la presente Ordenanza a todo interesado de la cual, una copia pasara parte del Expediente por el que se tramita el crédito.

ARTICULO 6to: De forma.

Dada en la sesión ordinaria del 10 de octubre de 1997 en la sala del Honorable Consejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo.