Ratificar Convenio turístico con San Carlos Bariloche
VISTO:
La Ley de Corporaciones Municipales XVI Nº 46, Convenio de Promoción y Colaboración Turística, y;
CONSIDERANDO:
Qué, el turismo constituye una actividad estratégica para el desarrollo de las localidades, siendo prioritaria dentro de las políticas de estado, impulsando la co-fraternidad, reforzando los vínculos institucionales y la actividad turística de ambos destinos;
Qué, el convenio mencionado en los vistos está orientado a impulsar el turismo como corredor turístico, involucrando las ciudades de San Carlos de Bariloche y El Hoyo;
Qué, ambas partes facilitarán y apoyarán la promoción turística en Informes Turísticos de la contra parte de cada ciudad;
Qué el plazo de vigencia será de un (1) año, a partir del día 25 de julio del corriente;
Qué, es facultad de este cuerpo deliberativo ratificar dicho convenio.
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL HOYO
sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: RATIFICAR, el convenio de Promoción y Colaboración Turística entre la Secretaría de Turismo de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche y la Secretaría de Desarrollo Económico-Dirección de Turismo de La Municipalidad de El Hoyo.
ARTÍCULO 2°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido Archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 06 de Agosto del año 2025. -