Establece el uso del Edificio ubicado en la plaza antiguos pobladores Como Museo
VISTO:
Ley de Corporaciones Municipales XVI N°46, Ordenanza Nº30/98, Ordenanza N°16/99, Declaración de la Legislatura de Chubut Nº38/01 y Declaración N°03/2024.
CONSIDERANDO:
Qué según Ordenanza N°30/1998 se declara de interés municipal la construcción de un local con destino a un Museo.
Qué según Ordenanza N°16/99 en su art 9º se reserva una fracción del lote 1 manzana 36 para la construcción del Museo.
Qué según la Declaración Nº38/01 se declara de interés provincial el proyecto pedagógico "Rescate del patrimonio cultural e histórico de mi pueblo" de la Escuela Nº 734.
Qué según la Declaración Nº03/24 del HCD de El Hoyo, se declara patrimonio histórico la casa antigua de la familia Szudruk, ubicada en la plaza Antiguos Pobladores.
Qué, en el año 2010 se inaugura el edificio actual con el fin de realizar un rescate del patrimonio cultural histórico de la localidad y comenzar el funcionamiento del Museo.
Qué, el museo se desarrolla como un espacio que adquiere, documenta, conserva, investiga y comunica el patrimonio cultural, material e inmaterial, relacionado con la localidad.
Qué, en este sentido, resulta sumamente necesario que el museo se consolide como una institución que fortalezca nuestra identidad como localidad, identificando y difundiendo los rasgos más significativos que fueron marcando nuestra historia.
Qué, dentro de los objetivos del museo se pueden destacar: resguardar el acervo patrimonial del museo y definir políticas que lo incrementen; desarrollar actividades para el registro, documentación, conservación y difusión del patrimonio natural, promover y garantizar el acceso al conocimiento y la investigación sobre diferentes temas que tengan que ver con la historia local, entre otros.
Qué, la presente norma tiene como finalidad preservar y proteger el edificio del museo como un espacio de valor patrimonial, histórico y comunitario. Por consiguiente, se dispone que el destino del inmueble debe permanecer exclusivamente vinculado a este fin.
Qué, las actividades relacionadas al Museo serán reglamentadas por el Ejecutivo Municipal.
Qué este cuerpo legislativo promueve toda actividad que reconozca el pasado de la localidad como sustento para las nuevas generaciones.
POR ELLO:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL HOYO
Sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTICULO N°1: Establecer que el uso del edificio, sito en Plaza Antiguos pobladores lote 1 Manzana 36, sea destinado como museo.
ARTICULO Nº2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese Y Cumplido Archívese.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de El Hoyo, a los 01 días del mes de octubre del año 2025.