HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Ratificar Convenio con la Secretaría de Trabajo

VISTO:
La ley de Corporaciones Municipales XVI Nº 46, el convenio de capacitación entre la secretaria de trabajo y la Municipalidad de El Hoyo, la Resolución Nº 1170/25 de la Secretaría de Trabajo de la Provincia del Chubut, Y;

CONSIDERANDO:
Qué, el presente convenio tiene por objeto capacitar al personal que trabaja en la Dirección de Turismo de la Municipalidad de El Hoyo. En el uso apropiado de las redes sociales y la creación de contenidos para estas plataformas, a través del Proyecto "COMUNICACIÓN ORIENTADA AL TURISMO".

Qué, el municipio se compromete a capacitar laboralmente a once (11) beneficiarios con domicilio en la provincia del Chubut;

Qué la Secretaría transferirá a El Municipio la suma de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 84/100 ($5.592.835,84) destinados a la compra de EQUIPAMIENTOS que permitan realizar la capacitación.

Qué, la Secretaría transferirá a El Municipio la suma total de PESOS OCHENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 39/100 CENTAVOS ($88.299,39) destinados a la compra de insumos.

Qué, la Secretaría transferirá a el Municipio, a mes vencido, la suma de PESOS QUINIENTOS CUARENTA MIL ($540.000,00), destinados al pago de honorarios, para dos (2) capacitadores. Cada uno percibirá la suma de doscientos setenta mil (270.000,00)

Qué, es necesario autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) a crear las partidas de ingresos y egresos correspondientes.

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1: RATIFICAR, el convenio de capacitación entre la Secretaría de Trabajo y La Municipalidad de El Hoyo.

ARTÍCULO 2: CREAR la partida presupuestaría de Ingresos
1.4.38 "COMUNICACIÓN Orientada al Turismo"(+) $6.221.135,23

ARTÍCULO 3: CREAR la partida de Egresos
10.02.2.30 "COMUNICACIÓN Orientada al Turismo" -(-) 6.221.135,23

ARTÍCULO N° 4: Lo resultante de la compra del equipamiento mencionado en el convenio, deberá ser incorporado al Patrimonio Municipal.

ARTÍCULO N° 5: El Ejecutivo Municipal, deberá remitir copia al HCD, de lo resultante de las cláusulas décimo primera y décimo segunda del Convenio ratificado en el Artículo N° 1.

ARTÍCULO 6: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE y cumplido ARCHÍVESE.

Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo, a los días del mes de octubre del 2025.