Excepción Ordz. 36/85 Adj. en venta Jose Bado
VISTO:
La ley de corporaciones Municipales Nº 3098 y el EXPEDIENTE N ª11532año 1975 y sus agregados ,y;
CONSIDERANDO:
Qué en el mencionado expediente se ha cumplido todos los pagos legales para adjudicar en venta al ciudadano José Víctor Alonso Bado, Titular del DNI Nº 10.965.487;
Qué aun cuando el lote Nº 129 de que se trata ,es según mensura una fracción menor a la unidad económica estipulada de 4 Hs. por ordenanza Nº 36/85 por cuanto su real superficie resulta de 1 Ha. 55 a 21 ca.
Qué el expediente aludido deja en claro que el nombrado ALONSO BADO ,ha adquirido todos los derechos y habita en el lugar desde el año 1984 siendo real y pacifico poblador ;
Qué es factible exceptuar de los términos de la ordenanza 36/85 al lote 129 y adjudicar en venta al nombrado;
POR ELLO :
EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL HONORASBLE CONSEJO DELIBERANTE DE EL HOYO DISPONE CON FUERZA DE:
ORDENANZAS:
ARTICULO 1ro: Exceptuar de las descripciones de la Ordenanza Nº 36/85 MEH; a la fracción de tierra que compone el lote 129 a. Compuesta de una superficie de 1 Ha. 55 a. 22 CA. Adjudicar en venta dicho lote al ciudadano JOSE VICTOR ALONSO BADO del DNI Nº 10.965.487.
ARTICULO 2do: El Departamento Ejecutivo percibirá el pago de la tierra debiendo aplicares el arancel que dictamina la Ordenanza 062/89 y deberá dictarse todos los actos administrativos que el trámite requiera conforme a las normas y disposiciones vigentes.
ARTICULO 3ro: De forma. -
MUNICIPALIDAD DE EL HOYO, 17 de Marzo de 1994