Estableces Cobro de Impuestos Inmobiliarios
VISTO:
Las Ordenanzas Municipales Nº 027/94 y Nº 029/94, Y ;
Y CONSIDERANDO:
Qué ha dispuesto no hacer modificaciones en el valor de los impuestos para el año 1995;
Qué los valores de los mismos s se tomaran de acuerdo al año 1994 dispuesto por la Ordenanza antes mencionada;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1ro: ESTABLECER para el cobro de impuestos inmobiliarios, tasa de salubridad e higiene y servicios Retributivos para que el año 1995 los mismos valores del año 1994.
ARTICULO 2do: Regístrese, Notifíquese y cumplido ARCHIVESE. -
El hoyo 07 DE ABRIL de 1995