Autorizar mensura Luis Garbini y Monica HATZAGUERRE
VISTO:
La ley de corporaciones municipales Nº 3098/88 y el expediente administrativo instruido en la Dirección de Tierras, y;
Y CONSIDERANDO:
Qué en el expediente aludido se han dada todos los pasos para legitimar la ocupación de una fracción de tierra al norte del lote 129 en una superficie aproximada a los 3.762 Mts2 ,que ejerce el matrimonio compuesto por Luís Daniel GARBINI y Mónica HATZAGUERRE.
Qué conforme consta en el expediente la ocupación de los nombrados es real y pacifica.
Qué por otro lado la asesoria legal de la municipalidad aconseja autorizar la mensura y adjudicación en venta a los solicitantes por lo que no existe objeciones que formular para acordar dichas autorización.;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1ro: Autorizar la mensura en la fracción de tierras que ocupan Luís Daniel GARBINI Y Mónica HATZAGUERRE al norte del lote 129, y adjudicar en venta a los nombrados en condominio dicha fracción de tierras.
ARTICULO 2do: La Dirección de Tierras dictara el acto administrativo para legitimar la ocupación y percibirá el pago del valor de la tierra a los precios corrientes conformes las disposiciones vigentes, debiendo cumplimentarse todas las disposiciones legales vigentes.
ARTICULO 3ro: Comuníquese, regístrese al Departamento Ejecutivo para su promulgación, publíquese y cumplido archívese.
El Hoyo 8 de junio de 1995