HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Autorizar al DEM Ofrecimiento de Lotes 6 y 7

VISTO:
La ley de corporaciones Municipales y la Ordenanza Municipal Nº 28/95 MEH Y 36/95.-

Y CONSIDERANDO:
Qué resulta imperioso proceder a la venta de tierras fiscales municipales por oferta pública como medio de recaudar fondos para solventar urgentes compromisos municipales. -

Qué entre los inmuebles del dominio municipal disponible a los fines de su ofrecimiento público se cuentan los lotes 6 y 7 de la manzana 6° de la planta urbana de El Hoy que fueran caducados a su anterior beneficiaria por negativa de pago;

Qué debe autorizarse al Departamento Ejecutivo a proceder a la oferta pública de las tierras fiscales municipales en cuestión;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1ero: AUTORIZAR al departamento Ejecutivo Municipal a proceder al ofrecimiento público de los lotes 6 y 7 de la manzana del pueblo de El Hoyo.

ARTICULO 2do: ESTABLECER como precio de la oferta pública la suma de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS ($7.500) para cada uno de ellos.

ARTICULO 3ero: EFECTUAR publicidad por los medios regionales y Provinciales pertinentes durante no menos de cinco (5) días corridos y diez (10) de antelación a la apertura.

ARTICULO 4to: ADVERTIR en dicha publicación que el lote 6 y7 de la manzana 6ª se encuentra ocupado por una antena perteneciente a la cooperativa Telefónica de El Hoyo Ltda.

ARTICULO 5to: INTIMAR a la referida cooperativa Telefónica a trasladar su antena del predio en cuestión dentro del plazo perentorio de treinta días (30) bajo apercibimiento de aplicar el procedimiento de desahucio administrativo vigente con más las acciones judiciales por los daños causados y perjuicio ocasionados incluyendo el lucro cesante.

ARTICULO 6to: FIJAR fecha para apertura de los sobres en el Despacho del Sr. Intendente Municipal el día treinta y uno (31) de octubre próximo a las doce (12) horas pudiendo decepcionarse las propuestas en sobres cerrados sin más indicación que la presente Ordenanza Municipal, hasta media hora antes de la fijada para su apertura.

ARTICULO 7mo: DESIGNAR una colisión de adjudicación integrada por el Sr. Intendente Municipal .el Sr. Presidente del H. Concejo Deliberante y el Sr. Director de Tierras fiscales, la que adentro de las cuarentas y ocho (48) horas de abierto los sobre determinara las ofertas que resulten
de mayor interés para la municipalidad, pudiendo declarar desierto el llamado si lo estiman corresponder.

ARTICULO 8vo: de forma. -

MUNICIPALIDAD DE El Hoyo 11 de Octubre de 1995