HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Municipalidad de EL HOYO

Provincia de CHUBUT

Derogar Términos Ordz. N° 57/1995

VISTO:
La ley de corporaciones Municipales Nº 398/88, Y;

Y CONSIDERANDO:
Qué este cuerpo trato en sesión de solicitud efectuada por el Sr. Mario Jolivet, mediante la cual solicita se la adjudique un lote en el Parque Industrial El Pedregoso para la instalación de una empresa de mantenimiento, reparación y construcción de agro mecánica Vial, industrial y Naval:

Qué la radicación de dicha industria significaría la utilización de mano de obra.

Qué se encuentran lotes disponibles en el Parque Industrial El Pedregoso.

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Derogase en todos sus términos la Ordenanza Nº 057/95.

Artículo Nº 2: ADJUDICASE el lote Nº 4 de la quinta 2 del parque Industrial a la firma AVIN S.R.L. para la radicación de una Industria del tipo mantenimiento, reparación y construcción agro mecánica vial, industrial y naval.

Artículo Nº 3: La adjudicataria deberá ajustarse en un todo a lo preceptuado por la Ordenanza Municipal Nº 029/95.-

Artículo Nº 4: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 10 de Noviembre del año 1995. -