Adherir ley de emergencia
VISTO:
Lo dispuesto por el artículo 31 de la ley de corporaciones Municipales Nº 3098/88, 3420/89 y 3685/92.-
CONSIDERANDO:
Qué las normas deben tener como fuente principal las necesidades del omento histórico que nos toca enfrentar y ante la emergencia económica por la atraviesa la Provincia del Chubut y que no es ajena a este Municipio. -
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de El hoyo sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTICULO 1ero: Adherir en un todo a la ley de emergencia económica vigente en la Pcia Del Chubut, como así también a las normas que establecen la emergencia económica en la Nación Argentina. -
ARTICULO 2do: La Municipalidad de El Hoyo, queda obligada a tomar todas las medidas concordantes y necesarias en cumplimiento de la emergencia económica declarada a partir de la vigencia de la presente ordenanza-
ARTICULO 3ero: Comuníquese a todos los funcionarios dependientes de la Municipalidad y al pueblo de El Hoyo, cumplido, regístrese y archívese. -
Municipalidad de El Hoyo, 13 de Marzo de 1992.