Ratificar Adjudicación firma AGROSUR
VISTO:
La ley de corporaciones municipales, la ley de contabilidad Provincial, la licitación pública Nº 01/92 resolución Nº 093/92 y
CONSIDERANDO:
Qué habiéndose gestionado ante el gobierno Nacional, un aporte no reintegrable, ante la presentación de proyectos de producción por parte de esta Municipalidad -
Qué por los proyectos realizados y las gestiones implementadas se le otorgo a esta Municipalidad, la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE, CON 50/100 con el objeto de que se utilicen de acuerdo al proyecto presentado.
Que por tal motivo y por intermedio de llamado a licitación pública Nº 01/92 con fecha de apertura de ofertas el día 23/11/92, acto por el cual resulta adjudicataria la única apertura de sobre confeccionada al efecto.
Qué conforme la normativa vigente al existir un solo presentante es facultad exclusiva de este Honorable cuerpo, la aprobación del concurso público efectuado.
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Qué del análisis de lo actuado o se observan vicios ni de fondo ni de forma, que impidan la presente adjudicación. -
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1ero: Ratificar la adjudicación a la firma AGROSUR con domicilio constituido en la Avda. San Martín s/n de la localidad de El Bolsón Pcia. De Rio Negro. -
Artículo 2do: Notifíquese lo antedicho, con el objeto de que el adjudicatario conforme las exigencias contenidas en el pliego de Bases y condiciones cláusula 3ra. Asimismo que el adjudicatario fehacientemente determine el plazo de entrega con el objeto de determinar su cumplimiento. -
Artículo 3ero: de forma. -
Municipalidad de El Hoyo 15 de Diciembre de 1992